• CIUDADANÍA Y CLASE SOCIAL - T. H. MARSHALL


    Un breve resumen interpretativo de la obra de T. H. Marshall "Ciudadanía y Clase Social", publicado hace más de 50 años.

    Una obra esencial para entender algunas cosas... Para el que queira entender, claro xD

    Leer el resumen...
    1. El problema que ayudó a plantear Alfred Marshall.

    A. Marshall se planteó si con la mejora técnica la clase obrera alcanzaría un nivel tal (centrando en la reducción del trabajo) en el que todos los hombres pudiesen ser considerados “caballeros”. Así, dice A. Marshall, frente a las ideas de ciertos límites insuperables por la clase obrera, se llegaría a una cierta igualdad social, no centrada en la igualdad de todos los hombres, cosa imposible según él, sino en esa condición de “caballero” frente a la de obrero.

    Sin embargo no A. Marshall se posiciona frente al socialismo en su defensa del mercado, aunque con una pequeña intervención del Estado, en educación, pues “el que no sabe apreciar no puede elegir”.

    T. H. Marshall amplia y traduce el término caballero, definiéndolo como “civilizado”, y siendo las características propias de las que disfruta el caballero las mismas que las del ciudadano. Así, el caballero no sería sino un ciudadano, miembro de la sociedad de pleno derecho. Así, sin defender una igualdad económica, A. Marshall defiende una igualdad ciudadana. Los caballeros-ciudadanos apreciarían tal estatus no en base a los derechos, sino en las obligaciones.

    Así pues, ¿es compatible la igualdad ciudadana con la desigualdad de clases? T. H. Marshall afirma que en la sociedad actual (1950) aún acepta este silogismo, y que incluso lo legitima de cierta manera, aunque frente a A. Marshall, T. H. Marshall opina que tal hecho no es posible sin la invasión del mercado competitivo y sus “libertades”, añadiendo que el sistema del momento no es libre mercado, sino de profundo carácter socialista, y señalando que el énfasis se centra en los derechos y no es los deberes. Finalmente T. H. Marshall plantea si hay límites que la tendencia hacia la igualdad social no pueda traspasar.

    2. El desarrollo de la ciudadanía hasta finales del siglo XIX.

    T. H. Marshall divide la ciudadanía en tres partes, a saber, civil (caracterizada por lo derechos necesarios para la libertad individual, como el derecho al libre pensamiento o a la expresión, y con los tribunales de justicia como instituciones ligadas), política (derecho a participar en la política como miembro pasivo y activo, ligado al Parlamento y a las juntas de gobierno locales) y social (caracterizado por el derecho a la seguridad y un mínimo de bienestar económico, a compartir la herencia social y a poder vivir como un ser civilizado de acuerdo con los estándares sociales, ligado esto a la educación y a los servicios sociales).

    3. La temprana influencia de la ciudadanía en la clase social.

    La ciudadanía es el estatus que se concede a los miembros de pleno derecho de una comunidad, siendo sus beneficiarios iguales en cuanto a los derechos y deberes que tal estatus conlleva. La ciudadanía es un sistema de igualdades mientras que la clase social se basa en la desigualdad.

    T. H. Marshall distingue dos tipos de clase social: el basado en una jerarquía de estatus y de ius sanguinium, al que la ciudadanía con sus derechos igualitarios socavaría y destruiría, y el basado igualmente en el estatus, pero a diferencia del anterior no en la existencia por derecho, sino en la interpretación de la norma, el sistema basado en una igualdad jurídica, y herencia o producto del capitalismo, en la cual la cultura de clase se reduce al mínimo y se aplica el concepto “universal” de ciudadano.

    No obstante la clase social funciona, ya que “proporciona incentivos para el esfuerzo y estructura la distribución del poder”.

    La ciudadanía, al actuar de tabula rasa otorgando un estatus de igualdad jurídica, que no de poderes ni económica, favoreció un sistema basado en la igualdad de base que favorecía la desigualdad diferencial. Los derechos que igualaban a los ciudadanos no eran sino derechos, es decir, no se traducían en hechos literales. Es decir, el derecho a la propiedad no otorga propiedad, sino el derecho a tenerla, y mantenerla, cuando se dispongan de los medios para ello. La ciudadanía favorecía al capitalismo porque otorgaba igualdad a relaciones claramente desiguales.

    No obstante, resulta obvio que negar que los derechos no proporcionaban igualdad real es falso. La clase durante mucho tiempo condicionó el estatus real en la sociedad, así como el poder económico, que podía por ejemplo influenciar en la política, o en el terreno de lo jurídico, donde los costes de los asesores legales altamente cualificados son muy grandes y limitan de facto la igualdad ante la ley. El reconocimiento de derechos no implica la consecución real de éstos, ni una traducción mayor igualdad real. Empero, la ciudadanía, que en principio supuso una “falsa” igualdad, sí inspiró a la sociedad en pro de una igualdad real, con más profusión en el terreno de lo social, y con mayor profundización. Supuso guiar el camino para que en el siglo XX se alcanzasen los derechos sociales.

    Por otro lado la ciudadanía posee un efecto integrador intrínseco para toda la comunidad nacional, que sienten que como ciudadanos pertenecen a un agregado común superior. La lealtad voluntariamente entregada de hombres libres bajo un derecho común. La ciudadanía estimuló la conciencia nacional moderna.

    4. Los derechos sociales en el siglo XX.

    El aumento desigual de la distribución de las rentas entre las clases sociales, que disminuyó la distancia entre mano de obra cualificada y no cualificada, así como entre aquella y trabajadores no manuales, la aplicación de un sistema de impuestos directos y la producción masiva orientada a satisfacer las necesidades sociales de la nación “democratizaron” los usos y modos de vida civilizados, o mejor dicho, permitieron una mayor civilización de la sociedad.

    Respecto a los servicios sociales, el Estado garantiza una provisión mínima de bienes y servicios esenciales. La finalidad de los servicios sociales estatales era asegurar que todos los ciudadanos llegasen al mínimo estimado por sus propios medios o con la ayuda de estos servicios. Con todo, irónicamente, la sanidad universal reduce por un lado la desigualdad, pero por otro, la aumenta, puesto que las clases altas, acostumbradas a pagar lo servicios médicos, usan el excedente en otros campos, como afirma T. H. Marshall: la extensión de los servicios sociales no es necesariamente un modo de igualar las rentas. Lo importante es que se produzca un enriquecimiento generalizado de la vida civilizada.

    Paradójicamente, cuanto mayores son las políticas sociales, mayores son las exigencias y reclamaciones individuales. Aquí, en aras del bien común, los derechos individuales deben subyugarse a la acción del Estado en pro del bien común, lo que puede disminuir la desigualdad en algunos casos o aumentarla en otros, ya que la “lista de espera”, es decir, la ordenación en función de determinados requisitos, sumada al azar, es la que rige.

    5. Conclusiones.

    La ciudadanía democrática concede a las diferencias de estatus un marco de legitimidad, siempre que no sean muy grandes, se produzcan en el seno de una civilización única, y no sean expresión de privilegios heredados. La desigualdad sólo puede aceptarse si es dinámica y proporciona un incentivo para el cambio y la mejora.

    Por otro lado, la igualdad absoluta no es alcanzable, y existen dos tipos de limites, los económicos y los ciudadanos. Lo que se persigue es la eliminación de las desigualdades que no pueden considerarse legítimas.

    Los derechos llevan inherentes obligaciones.

    La intervención estatal es necesaria para regular el conflicto entre el libre mercado y las medidas igualitarias.

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